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Keiko Fujimori nuevamente en el Penal de Mujeres, mientras su defensa espera lograr su libertad en apelación. Abogada Loza critica a juez por no tomar en cuenta decisión del TC y la presidente del organismo, Marianella Ledesma, dice que su institución no tiene nada que hacer con ese caso.
Keiko Fujimori fue trasladada al Penal Anexo de Mujeres de Chorrillos para cumplir los 15 meses de prisión preventiva que le impuso el juez Víctor Zúñiga Urday, quien declaró fundados los argumentos del fiscal del Equipo Especial, José Domingo Pérez Gómez, en la investigación que le sigue por lavado de activos agravado en organización criminal y obstrucción a la justicia.
Mientras el fujimorismo vive días difíciles por el nuevo encarcelamiento de Fujimori y la debacle en la reciente elección, asomó un debate por la decisión del juez Zúñiga de no tomar en cuenta la resolución del Tribunal Constitucional (TC) que dio libertad a la excandidata fujimorista el 25 de noviembre pasado.
La presidenta del TC, Marianella Ledesma, sostuvo que ese organismo no tiene nada que decir sobre el caso Keiko Fujimori pues se trata de una nueva etapa, con nuevos argumentos, que se tendrán que evaluar si se dan las condiciones.
“Estamos ante un nuevo hecho, una nueva resolución (judicial) y si es que hay nuevas situaciones de vicio que controlar, lo haremos. Los controles no son de oficio, los controles son pedidos por una parte. Si hay una parte que se considera afectada por el pronunciamiento que hacen los jueces nosotros podríamos intervenir”, declaró a TV Perú.
A su vez, el constitucionalista Omar Cairo explicó que cuando Ledesma dice que el TC puede intervenir, se refiere a que si “la apelación contra la nueva resolución es infundada y la casación contra esta decisión es desestimada, la defensa de Keiko Fujimori podrá interponer un nuevo hábeas corpus y este sería resuelto en última instancia por el TC”.
La abogada de Keiko Fujimori, Giulliana Loza, consideró que el juez no solo ha desconocido los criterios que estableció el TC sino que también ha omitido los criterios del acuerdo plenario de la Corte Suprema, pero confía revertir el fallo con una apelación a la siguiente instancia.
Añadió que si el juez considera que hay un mínimo indicio de peligro (procesal), había otras medidas aplicables como lo tienen otros investigados.
Para el exprocurador Antonio Maldonado, el juez Víctor Zúñiga hizo una correcta evaluación de los fundamentos del pedido de prisión.
Los fundamentos
Explicó que en el caso de arraigo en el país, valoró el arraigo de calidad en función del domicilio y el trabajo, advirtiendo que Keiko Fujimori pervirtió el trabajo al haberlo usado para fines criminales.
Asimismo, analizó la gravedad de la pena, el daño causado y el comportamiento anterior y posterior de la referida investigada en este caso.
En el caso de la gravedad de la pena, Zúñiga explicó que la pena mínima para Keiko Fujimori sería de 15 años pues por lavado de activos, agravado por organización criminal, la pena mínima es de 10 años, y por obstrucción a la justicia la mínima es de 5 años.
En sus argumentos, el magistrado dejó en claro que así como existe un partido político organizado, existe también una estructura paralela que califica como organización criminal, que habría operado para ocultar los aportes de campaña, no solo de empresas peruanas, sino también de Odebrecht.
Respecto a la obstrucción a la justicia, el magistrado tomó en cuenta las declaraciones de Jorge Yoshiyama, Rolando Reátegui y Antonio Camayo, quienes confesaron los intentos para copar la justicia y favorecerse en las investigaciones. /La República