Se trata del médico Luis Barra Pacheco, que postula al Congreso por Apurímac
Un total de 32 sentencias firmes consignó en su hoja de vida el candidato por el partido Somos Perú en Apurímac, Luis Barra Pacheco, sin embargo, pese al rosario de condenas penales por delitos de corrupción que ostenta dijo estar habilitado y continuaba en carrera política.
Barra Pacheco afirmó que no había motivos para retirarse de la campaña electoral porque figuraba como “inscrito” en la plataforma del JNE y que los alcances de la Ley 30717 no lo afectaban en vista que esa norma fue promulgada en una coyuntura política puntual.
El controvertido político fue alcalde de Abancay en tres oportunidades y luego gobernador de Apurímac en el período 2003-2006, pero fue vacado en el 2004 por una sentencia judicial y reemplazado por Rosa Suárez Aliaga hasta el término del mandato.
No obstante, su prontuario legajo judicial ya había sido advertido el 22 de noviembre del 2019 mediante Informe N° 007-2019-MADP-FHV-JEE-ABANCA/JNE dirigido al presidente del JEE Abancay, Eli Alarcón Altamirano.
En el citado documento de cuatro páginas y firmado por Manuel Dávila Peralta, jefe del área de Fiscalización del JEE Abancay, corroboró las sentencias condenatorias firmes por diversos delitos dolosos, además de recomendar que se tome en cuenta los alcances de la citada ley (Ley 30717) sobre idoneidad de los candidatos para asumir cargos de congresistas.
“…dicha información podría caber dentro de los impedimentos para postular para el cargo de los congresistas, ya que dicho delito podría estar comprendido en la Ley N° 30717, como se menciona en el numeral III.2 del presente informe”, precisa el documento oficial.
Estas sentencias de acuerdo a la información consignada en su declaración jurada de hoja de vida son: expediente 00157-1995-0-031-JR-PE-01, delito de peculado, con fecha de sentencia firme 18/11/2005; expediente 00872-2017-22-0301-JR-PE-03 delito de corrupción activa de funcionarios, con fecha de sentencia firme 28/11/2008.
Asimismo, expediente 00311-2002-0-0301-JR-PE-01, por el delito de colusión, con fecha de sentencia firme 31/10/2005; expediente 00281-2001-0-0301-SP-PE-01, delito de colusión, con fecha de sentencia firme 01/12/2004; expediente 00159-2005-0-301-JR-PE-01, delito peculado doloso, con fecha de sentencia firme 25/06/2005; segundo expediente 00131-2009-0-0301-JR-PE-01, con fecha de sentencia firme 27/07/2014, entre otras más. /El Correo